El TSXG confirma la condena de 13 años de cárcel impuesta a los padres que maltrataron a su bebé en Lugo y le causaron graves secuelas

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a trece años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo a los padres que maltrataron a su bebé, causándole “gravísimas” secuelas. El tribunal, por tanto, ha rechazado los recursos presentados por los procesados y ha corroborado que son autores de un delito de lesiones y de otro de maltrato habitual en el ámbito familiar, por el que también se les ha impuesto la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante 15 años, así como la prohibición de acercarse a menos de 500 metros del menor y de relacionarse con él por cualquier medio durante doce años. Además, deberán abonarle a la víctima, a través de la persona o entidad que tenga asumida su tutela, 62.408 euros por el tiempo de curación de sus lesiones y 900.000 euros por las secuelas sufridas.

El TSXG entiende probado, al igual que los jueces de primera instancia, que los acusados, desde que el menor tenía un mes y hasta que casi tenía tres meses, lo agredieron “en reiteradas ocasiones, propinándole golpes y zarandeándolo cuando se ponía a llorar”. Como consecuencia de las agresiones, el 16 de agosto de 2019 tuvo que ser ingresado en la UCI pediátrica del Hospital Universitario Lucus Augusti (HULA) de Lugo y, dada su gravedad, fue derivado al hospital La Paz de Madrid. La Audiencia explicó en la sentencia, ahora confirmada por la Sala de lo Civil y Penal del TSXG, que resulta imposible determinar el estado clínico definitivo del menor, puesto que por su corta edad no se produjo el total desarrollo de su motricidad y capacidades cognitivas, pero subrayó que “sí puede asegurarse que mostrará una pérdida total de la visión del ojo izquierdo y alteración de las funciones cerebrales superiores integradas, trastorno del lenguaje y epilepsia”. Además, indicó que, “casi con total seguridad, requerirá cuidados de terceras personas en mayor o menor medida durante el resto de su vida”.

Los jueces de primera instancia consideraron probada la existencia de una conducta dolosa, no imprudente, pues subrayaron que los condenados “no solamente tuvieron en su mente la previsión del resultado, sino que también lo aceptaron como probable, continuando con su acción”. Los recurrentes señalan, según el TSXG, que no ha quedado probada esa conducta, por lo que se habría vulnerado su presunción de inocencia. “La argumentación de la recurrente, a pesar del meritorio esfuerzo dialéctico, no deja de ser una apreciación discrepante desde el correcto ejercicio del derecho de defensa, que no puede prevalecer frente al imparcial criterio de la sala, conformado tras las evidencias de los hechos acaecidos en el domicilio de los acusados, frente a lo que poco puede devaluar que llevasen al niño a las visitas médicas o que tras la rigidez que presentaba el último día de los hechos, lo llevasen a urgencias”, subrayan los magistrados del alto tribunal gallego en el fallo, en el que destacan que durante el juicio “los propios acusados reconocen que, en momentos puntuales, cuando el niño lloraba, lo zarandeaban para que parase de llorar”. Según su versión, desconocían el peligro que ello podría comportar, pero tal alegación, según el tribunal, “choca con el dictamen de los forenses, en el sentido de que no tienen ningún tipo de patología que perturbe su percepción de la realidad, ni sus posibilidades de conocimiento”, por lo que concluyen que comparten con la sentencia de la Audiencia que “resulta evidente que eran conscientes de que los golpes o movimientos bruscos y agresivos de la cabeza podían dar lugar a las lesiones de carácter neurológico o de afectación a los miembros orgánicos existentes en el cráneo en su conjunto». 

“Hemos de concluir que los acusados conocían los riesgos potenciales de su actuación y que, pese a ello, desarrollaron la conducta lesiva para con su hijo”, recalcan, al tiempo que inciden en que el hecho de que agredieron al menor en reiteradas ocasiones no está exento de prueba, “pues la testifical y periciales, junto al propio reconocimiento de los acusados, siquiera estos degraden la gravedad de sus acciones, ponen de manifiesto que cada vez que el niño lloraba, y no lograban calmarlo, optaban por dicha forma agresiva de aplacación”. Además, la Sala de lo Civil y Penal considera “razonable” la argumentación de la Audiencia sobre la pena impuesta. Los magistrados consideraron a los sospechosos autores de un delito de lesiones del artículo 149 del Código Penal y concretaron la pena en diez años de prisión, “dada la gravedad de la conducta desplegada y del resultado gravísimo padecido por la víctima, además de la concurrencia de la agravante de parentesco”. En cuanto al delito de maltrato en el ámbito familiar, el tribunal explicó que optó “por la concreción máxima de la pena -tres años de cárcel-, a la vista de la reiteración en las conductas agresivas, en contraposición con la labor tuitiva que, por esencia, han de desarrollar los padres respecto de sus hijos”.

El TSXG incide en que la descripción sobre los hechos realizada por los jueces de primera instancia “pone en evidencia el clima o estado habitual de violencia que padeció la víctima, en una posición de total indefensión respecto a quienes eran teóricos garantes de su bienestar y seguridad”. Contra el fallo cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Los condenados, según la sentencia confirmada por el TSXG, tampoco “atendieron debidamente las necesidades del menor, no lo mantuvieron en las condiciones higiénicas y sanitarias saludables ni cumplieron con algunas de las revisiones pediátricas correspondientes a su crecimiento” y mantenían el domicilio familiar “en condiciones deplorables de falta de higiene, con acumulación de basura en las habitaciones de la vivienda”. La Sala de lo Civil y Penal recalca que el relato de hechos probados de la sentencia “no permite inferir ningún género de circunstancia atenuante de la responsabilidad penal”, al tiempo que señala que ha quedado acreditado “que el hecho de que la vivienda presentase un aspecto propio del síndrome de Diógenes no afecta a la capacidad mental del acusado, que era consciente de sus actos”.

La Favec denuncia que el Concello no permite acceder al expediente del nuevo PXOM

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La Federación de Asociaciones Vecinales de Vigo Eduardo Chao (Favec) denuncia que el Concello no permite el acceso al expediente del nuevo Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) y lamenta la falta de información sobre el estado de las alegaciones presentadas al documento urbanístico, aprobado inicialmente a finales de agosto de 2021.

La presidenta de la entidad vecinal, María Pérez, critica la “opacidad total” del gobierno de Abel Caballero en la tramitación del Plan Xeral, elaborado para actualizar el de 1993, y critica la suspensión del cómputo del plazo del Instrumento de Ordenación Provisional (IOP). Advierte que la Favec “acudirá adonde sea necesario” para lograr que el Ayuntamiento facilite la consulta del expediente.

“Es un derecho reconocido en la ley y el reglamento del suelo, que indica que esta documentación debe estar a disposición de los ciudadanos incluso durante su tramitación. Tienen el expediente escondido y lo tramitan de forma opaca y a espaldas de todos, y eso no es legal”, esgrime la Federación. La Favec insta al Concello a que aclare en qué estado se encuentran las alegaciones al Plan Xeral. La entidad es consciente de que, por ley, no tiene la obligación de responderlas antes de la aprobación provisional, pero demanda comprensión al gobierno vigués ante la gran preocupación vecinal.

Nuevo capitulo en el caso del ‘enchufe’ de la cuñada de Silva: el condenado recurre su ingreso en prisión al entender que no se le negó el indulto

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El escrito presentado por su defensa señala que, si bien no hubo respuesta para aceptar la medida de gracia, tampoco hay resolución expresa para desestimarla

Nuevo capítulo en el ‘Caso enchufe’: el exfuncionario del Ayuntamiento de Vigo, Francisco Javier G. O., condenado a más de 5 años de prisión por colocar a una cuñada de la presidenta de la Diputación y teniente de alcalde de Vigo, Carmela Silva, en una contrata municipal -cobrando más de 100.000 euros sin hacer ningún trabajo-, ha presentado recurso de súplica contra el auto que le da un plazo de 5 días para ingresar voluntariamente en prisión a cumplir su pena.

Caba recordar que hace unos días la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, decretaba el ingreso en prisión de este exfuncionario al estimar que el silencio administrativo transcurrido un año desde la petición de indulto que había solicitado debía entenderse como una negativa. Frente a esto, el escrito presentado por su defensa señala que, si bien no hubo respuesta para aceptar la medida de gracia, tampoco hay resolución expresa para desestimarla.

A este respecto, su abogado recuerda que, cuando el Tribunal accedió a suspender la entrada en prisión mientras se tramitase el indulto, lo hizo sin ninguna matización de plazo, aunque Fiscalía y acusación popular sí pidieron que esa suspensión no fuese por un tiempo superior a un año.

Por tanto, la defensa de Francisco Javier G.O. entiende que esa solicitud de indulto «sigue en trámite» y que, si el exfuncionario entra en la cárcel y luego se le perdona la condena, se habrían vulnerado sus derechos. Así las cosas, suplica a la Audiencia que estime el recurso y mantenga suspendida la ejecución de la pena mientras se tramita el indulto.

El ex funcionario fue condenado en febrero de 2019 por el mismo tribunal a 5 años y 3 meses de prisión por un delito continuado de prevaricación en concurso con los de malversación y falsedad documental por orquestar una trama de corrupción de la que se benefició la cuñada de la presidenta de la Diputación de Pontevedra y teniente de alcalde del Ayuntamiento vigués, Carmela Silva, que cobró 108.000 euros por unos trabajos que nunca hizo.

El 16 de diciembre de 2021 el ex funcionario solicitó el indulto y cuatro meses después, el 21 de abril de 2022, se dictó un auto en el que se acordó la suspensión de la condena mientras se tramitaba el expediente de indulto.

La polémica aumentó al hacerse público que varias decenas de entidades vecinales, sociales y culturales de Vigo, que reciben subvenciones por parte del Ayuntamiento, remitieron cartas de adhesión a esa petición de indulto, todas con la misma redacción.

Detenido en Vigo tras entrar a robar por una ventana en el domicilio de una mujer de avanzada edad

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Los hechos sucedieron el 16 de abril, cuando una patrulla fue requerida por la propietaria de un domicilio del barrio de Lavadores, relatando que cuando se encontraba en el interior del mismo escuchó ruidos procedentes de su dormitorio

La Policía Nacional detuvo en Vigo a un hombre acusado de un robo con fuerza en la vivienda de una mujer de avanzada edad, a la que habría entrado por una ventana que se encontraba a una altura de unos dos metros.

Los hechos, apuntan fuentes policiales, sucedieron el 16 de abril, cuando una patrulla fue requerida por la propietaria de un domicilio del barrio de Lavadores, relatando que cuando se encontraba en el interior del mismo escuchó ruidos procedentes de su dormitorio.

Allí encontró a un hombre, al que consiguió retener unos instantes a la vez que gritaba pidiendo auxilio, hasta que este consiguió zafarse y abandonar el lugar, llevándose varias joyas y otros efectos.

La investigación corroboró que la persona había accedido al interior de la vivienda a través de la ventana del salón, que se encontraba a una altura de unos dos metros, sin signos de haber sido forzada. Tras ello, se inició un dispositivo de búsqueda, localizándose el autor en la zona con los objetos robados, por lo que fue detenido.

Detenido un vecino de Moaña por atropellar a un peatón y huir

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Tras el suceso, se abrió una investigación que la llevó en un primer momento a identificar el vehículo causante del accidente

La Guardia Civil ha detenido a un vecino de Moaña de 28 años por atropellar presuntamente a un peatón provocándole lesiones graves y abandonando el lugar del accidente.

Los hechos, informan fuentes del instituto armado, tuvieron lugar el pasado 27 de marzo en el casco urbano de la localidad. Tras el suceso, se abrió una investigación que la llevó en un primer momento a identificar el vehículo causante del accidente, y posteriormente a su conductor, el cual circulaba en el momento del accidente con el permiso retirado por pérdida de puntos.

Los agentes procedieron a su detención como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial, por conducir un vehículo sin carné y por abandonar el lugar del accidente, otro delito de lesiones y un delito de daños.

Rescatan a un caballo a punto de ahogarse en un depósito de agua en Moaña

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El animal se encontraba en serio riesgo siendo incapaz de mantenerse a flote y respirando con mucha dificultad

La Guardia Civil ha rescatado hoy, con la ayuda de miembros de la Comunidad de Montes, a un caballo que estaba a punto de ahogarse tras caerse accidentalmente en el depósito de aguas de Moaña.

Los hechos, tal y como informan desde el Instituto Armado, tuvieron lugar el pasado 21 de abril.

Tras ser alertados por una patrulla, los agentes se desplazaron hasta el depósito de aguas de la Comunidad de Montes, ubicado entre la PO-313 y el lago de Castiñeiras, y al llegar observó que el animal se encontraba en serio riesgo de ahogamiento, siendo incapaz de mantenerse a flote y respirando con mucha dificultad. Los agentes y los miembros de la Comunidad de Montes consiguieron en un primer momento sacar a la superficie la cabeza del animal y cuando vieron que recuperaba una respiración normal, consiguieron con una eslinga sacarlo del depósito, salvándole la vida.

La tarea fue compleja porque el animal estaba muy nervioso y porque las condiciones climáticas no ayudaban en absoluto, pero finalmente la labor de rescate se llevó a cabo con éxito.

La luz baja hoy levemente y se sitúa en 90,95 euros/MWh

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El precio medio en lo que va de abril ronda los 69 euros/MWh, frente a los 191,52 euros/MWh registrado en el mismo mes del año pasado

El precio medio de la luz para los clientes de tarifa regulada vinculados al mercado mayorista baja hoy algo más del 1,2% con respecto a la jornada precedente, situándose así en lo los 90,95 euros por megavatio hora (MWh).

Por franjas horarias, el precio mínimo, de 20 euros/MWh, se dará entre las 16.00 y las 17.00 horas, mientras que el precio máximo se registrará entre las 21.00 y 22.00 horas, cuando será de 141,54 euros/MWh.

A este precio medio del ‘pool’ se sumaría la compensación a las gasistas, que tiene que ser abonada por los consumidores beneficiarios de la medida, los consumidores de la tarifa regulada (PVPC) o los que, a pesar de estar en el mercado libre, tienen una tarifa indexada, pero para este martes se situará nuevamente en 0 euros/MWh, situación que se repite desde el pasado 27 de febrero.

El precio medio de la luz en lo que va de abril se sitúa ligeramente por encima de los 69 euros/MWh, frente a los 191,52 euros/MWh que registró en el mismo mes del año pasado.

Un incendio en una sauna obliga a desalojar un gimnasio de Vigo

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El fuego afectó a una parte de la madera que recubre la sauna, pero no se registraron daños personales

Un pequeño incendio registrado en la sauna de un gimnasio de Vigo obligaba en la tarde de ayer a desalojar las instalaciones, aunque no se registraron heridos, según informa el CIAE 112 Galicia.

Los hechos ocurrieron sobre las 18.30 horas de ayer en un gimnasio de Navia, donde se registró un conato de incendio a causa de un fallo eléctrico. El fuego afectó a una parte de la madera que recubre la sauna, pero no se registraron daños personales.

Un particular alertó al 112 e informó de que, en ese momento, ya estaban desalojando a los usuarios del establecimiento. Al lugar se desplazaron efectivos de Bomberos de Vigo y también se solicitó la intervención de la Policía Local y de Urgencias Sanitarias de Galicia-061.

La Policía Local de Tui detiene por desobediencia a un conductor sin carné, sin ITV, sin seguro y bajo los efectos del alcohol

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La centralita recibió varias llamadas de testigos informando de la presencia de un varón que conducía una furgoneta de la marca Mercedes a gran velocidad, en una zona de aparcamiento del municipio

La Policía Local de Tui ha detenido por un presunto delito de desobediencia a un hombre de 45 años interceptado circulando en un vehículo sin seguro ni ITV, bajo los efectos del alcohol y sin carné, y que fue puesto a disposición de la Guardia Civil.

Los hechos ocurrieron en la tarde del pasado viernes, cuando la Policía Local recibió varias llamadas de testigos informando de la presencia de un varón que conducía una furgoneta de la marca Mercedes a gran velocidad, en una zona de aparcamiento del municipio. El conductor estaba chocando contra otros vehículos estacionados y parecía encontrarse en estado de embriaguez. Una patrulla se desplazó al lugar y procedió a interceptar al conductor. Al comprobar sus datos, los agentes constataron que carecía de permiso de conducir, al haber perdido vigencia su carné por la retirada de todos los puntos.

Además, la furgoneta no tenía seguro ni había pasado en plazo la ITV. A ello se suma que el hombre arrojó resultado positivo en el test de alcoholemia al que fue sometido. Por todo ello, se tramitaron diligencias de denuncia.

Horas después, la Policía volvió a recibir llamadas sobre este mismo conductor, que estaba intentando llevarse la furgoneta, que había sido inmovilizada tras el episodio anterior. El hombre, supuestamente, estaba amenazando a otros usuarios del aparcamiento y se había visto implicado en una pelea. Sobre las 22.15 horas, la Policía Local procedió a su detención y posterior traslado a dependencias de la Guardia Civil.

Los deportistas de la UVigo conquistan siete medallas en el CEU en lucha olímpica, halterofilia y atletismo

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La Universidad de Vigo se estrena en el CEU de Halterofilia con dos deportistas

Los deportistas de la Universidad de Vigo siguen sumando medallas en los Campeonatos de España Universitarios. En esta ocasión fueron siete (tres platas individuales y tres bronces individuales y una plata por equipos) las medallas conquistadas por la UVigo en los CEU de lucha olímpica, halterofilia y atletismo, celebrados en Murcia, Salamanca y León, respectivamente.

En lucha olímpica, Saúl Bello y Manuel González ganaron medalla de plata cada uno en -80kg y -62kg, respectivamente, mientras que Cayetana González e Iván González ganaron bronce en -57kg y -9okg, respectivamente. Asimismo, la UVigo consiguió la medalla de plata en la clasificación por equipos, en la competición ganada por la Universidad de Murcia.  

Por su parte, en León se celebró la competición de atletismo CEU en la que, por segunda vez consecutiva, Jacobo Soler consiguió la medalla de bronce en los 400 metros. Por su parte, el equipo de Uvigo, formado por 13 deportistas, que consiguieron muy buenos resultados, no pudo subir al podio de la competición, que este año consiguió un récord de participación con un total de 636 deportistas y de una altísima nivel, como el campeón del mundo Mariano García (800 ml) o la lanzadora internacional Belén Toimil, entre otros.

Debut en el CEU en halterofilia con medalla de plata

El CEU celebrado el fin de semana también vio debutar al equipo de halterofilia de la UVigo, que por primera vez en su historia debutaba en esta modalidad con un equipo formado por Javier Cancelas y Lucía Aguayo. En el campeonato celebrado en el Pabellón Unamuno de Salamanca, Javier Cancelas consiguió la medalla de plata en la categoría -81kg.