La Audiencia Provincial impone tres años y medio de cárcel por tocamientos y una introducción vaginal sin consentimiento, aprovechando las limitaciones de la víctima
Un varón ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, a tres años y seis meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual con introducción de miembros corporales a una mujer con discapacidad psíquica del 65 %. La sentencia, dictada por la Sección Quinta, considera probado que el acusado se valió de la credulidad y las limitaciones intelectuales de la víctima para convencerla de que los actos sexuales formaban parte de un “ritual para limpiar su aura”.
Se conocieron en un curso para personas con discapacidad intelectual
Según los hechos probados, víctima y acusado se conocieron en un curso de preparación de oposiciones organizado por una federación para personas con discapacidad intelectual. Ambos acudían como alumnos. Durante las clases, que se desarrollaban en Vigo, el acusado entabló una relación de confianza con la víctima, a la que sabía vulnerable e influenciable.
Posteriormente, desde febrero de 2018 hasta enero de 2019, ella acudía con frecuencia a su domicilio para “estudiar”, quedándose ambos solos. El acusado, sabiendo que la mujer creía en el tarot, las energías y otros elementos esotéricos, la convenció de que necesitaba rituales de limpieza espiritual para conseguir el amor de un tercero, y que estos rituales debían implicar tocamientos y desnudez.
Una manipulación sexual prolongada en el tiempo
A lo largo de aproximadamente un año, el acusado sometió a la víctima a múltiples episodios de contenido sexual, que incluyeron caricias en los pechos y genitales y la introducción de sus dedos en la vagina, todo ello en nombre de un supuesto ritual que incrementaría su “energía positiva”. En otra ocasión, la llevó al hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo, donde, tras introducirse con ella en dos baños para personas con discapacidad, la obligó a masturbarlo, acción interrumpida por la aparición de un tercero y la negativa de ella a continuar.
El tribunal concluye que el acusado abusó de la falta de comprensión de la víctima sobre la dimensión real de los actos sexuales, y que el consentimiento que esta pudiera haber manifestado estaba viciado. Aunque el condenado presenta un grado de minusvalía del 97 %, su coeficiente intelectual límite no le impedía comprender la ilicitud de sus actos, según los peritos forenses.
Secuelas psicológicas y pruebas concluyentes
El fallo destaca que los abusos provocaron una desestabilización severa en la salud mental de la víctima, quien ya padecía una sintomatología ansioso-depresiva previamente estabilizada. Tras los hechos, abandonó temporalmente sus actividades cotidianas y presentó trastornos adaptativos y síntomas de ansiedad, culpa y vergüenza, confirmados por informes forenses y psicológicos.
Además de su testimonio, la Sala da validez a conversaciones de WhatsApp, imágenes de cámaras de seguridad del hospital y fotografías íntimas que el acusado le exigió bajo engaños, como elementos corroboradores de peso. La sentencia subraya que la declaración de la mujer superó los estándares exigidos de coherencia interna y externa, persistencia en la incriminación y ausencia de móvil espurio.
Una condena con medidas accesorias y protección reforzada
La Audiencia Provincial impone al acusado una pena de tres años y medio de prisión, así como una medida de libertad vigilada durante cinco años y la prohibición de aproximarse a la víctima o comunicarse con ella durante un período superior a la condena. También deberá participar en programas de educación sexual.
Además, se le impone el pago de una indemnización de 12.000 euros por los daños morales sufridos, más intereses legales, y el abono de las costas del proceso, incluidas las de la acusación particular.
La sentencia, que tiene en cuenta las atenuantes de anomalía psíquica leve y dilaciones indebidas —el procedimiento ha durado más de seis años—, puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

