El juzgado considera que la Autoridad Portuaria no puede sustraerse a la responsabilidad de indemnizar a la empresa, si bien, en virtud de la responsabilidad solidaria entre administraciones, puede posteriormente reclamar al Concello el reembolso de lo pagado
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo ha estimado un recurso presentado por una compañía especializada en equipos de sonidos que reclamaba el daño sufrido por la imposibilidad de usar una serie de equipos a raíz del accidente de O Marisquiño vivido en As Avenidas en agosto de 2018.
La sentencia considera que el Puerto debe abonar casi 24.000 euros a esta empresa por los daños y perjuicios sufridos durante aquella jornada. Así, argumentan, a raíz del accidente huno de precintarse el espacio, por lo que durante unos días la compañía no pudo disponer de los equipos, debiendo alquilar otros para poder atender sus compromisos. Estos son los gastos que reclamaba a la Autoridad Portuaria, que había rechazado su solicitud.
Cabe señalar que, pese a que los tribunales ya dictaminaron en su día la responsabilidad del Ayuntamiento de Vigo en el mantenimiento del Paseo de las Avenidas, el juzgado argumenta la decisión de que sea el Puerto quien indemniza a esta empresa basándose en la responsabilidad solidaria entre administraciones.
En este sentido, se considera que la Autoridad Portuaria no puede sustraerse a esa responsabilidad y debe indemnizar a la empresa, sin perjuicio de que, en virtud de esa misma responsabilidad solidaria, pueda posteriormente reclamar al Concello el reembolso de todo o de parte de lo pagado.

