El Concello inicia la tramitación de una normativa que busca garantizar la seguridad jurídica, la convivencia vecinal y el derecho a la vivienda
El alcalde de Vigo, Abel Caballero, anunció este jueves la aprobación en la Xunta de Gobierno del proyecto de ordenanza municipal que regulará las viviendas de uso turístico en la ciudad. La iniciativa tiene como objetivo dotar de un marco normativo específico a este tipo de alojamientos, garantizando la seguridad jurídica, la convivencia vecinal y la protección del derecho a la vivienda.
Según explicó el regidor, la nueva normativa se enmarca en el nuevo Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM), que ya regula el uso terciario vinculado a estas actividades. Caballero recordó que las viviendas de uso turístico están destinadas al alojamiento temporal y no pueden tener carácter de residencia habitual.
La ordenanza establece la obligatoriedad de contar con el correspondiente título habilitante como condición previa para el ejercicio de la actividad. “Esta actuación proporciona seguridad jurídica tanto a los titulares de las viviendas como a los vecinos y vecinas”, señaló el alcalde.
Entre los aspectos clave de la normativa figura que las viviendas de uso turístico solo podrán implantarse en edificios de uso exclusivo destinados a este fin o en plantas altas y bajas, siempre que se garantice un acceso independiente respecto a las viviendas residenciales. Asimismo, se prohíbe expresamente la implantación de este tipo de alojamientos en inmuebles que hayan sido objeto de rehabilitación o reforma con ayudas públicas, así como en aquellos que cuenten con algún tipo de protección.
Caballero avanzó además que el Concello de Vigo podrá declarar, previo estudio y tramitación administrativa, determinadas áreas, barrios, calles o zonas del término municipal como zonas saturadas o de intensidad limitada para el uso de viviendas turísticas.
En cuanto al procedimiento, el proyecto de ordenanza será aprobado inicialmente por el Pleno municipal y se someterá posteriormente a un período de información pública de 30 días hábiles, durante el cual la ciudadanía podrá presentar alegaciones o sugerencias. En caso de no registrarse alegaciones, la ordenanza quedará aprobada de forma definitiva; si las hubiera, será necesario elaborar el dictamen correspondiente y someter el texto a una nueva aprobación plenaria.

