Un Juzgado exime a la Xunta de indemnizar al dueño de una explotación de manzanos de As Neves arrasada por el incendio de 2017

Concello das Neves.

La sentencia considera que no hubo dejación de funciones por parte de la Administración gallega durante la ola de fuegos que arrasó la provincia de Pontevedra

El titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha rechazado la demanda presentada por el dueño de una explotación ecológica de manzanas y otros frutos en As Neves, que reclamaba una indemnización a la Xunta de Galicia por los daños sufridos en el incendio forestal del 15 de octubre de 2017, originado en Portugal. El juez concluye que no se ha probado que la Administración autonómica actuase de forma negligente ni que tuviera obligación legal de adoptar medidas más intensas de prevención en la ribera del Miño para evitar la propagación del fuego.

El afectado solicitaba una compensación por la destrucción de 600 manzanos, 24 kiwis, 20 cítricos, un sistema de riego automatizado, instalación eléctrica, maquinaria, herramientas y un galpón agrícola, todo ello ubicado en una finca de unos 10.800 metros cuadrados próxima al cauce del Miño. Atribuía la responsabilidad de los daños a una supuesta “dejación de funciones” de la Xunta, al considerar que se podía haber impedido la llegada del fuego portugués a su terreno.

Sin embargo, en su sentencia, el magistrado afirma que “no se ha acreditado de manera suficiente que en el contexto de aquella situación catastrófica generalizada la actuación de la Xunta hubiese incurrido en antijuridicidad”. Según el fallo, la situación del 15 de octubre de 2017 fue extraordinaria y obligó a priorizar los recursos disponibles hacia zonas habitadas en riesgo, por encima de explotaciones agrícolas o forestales.

Durante aquella jornada, recuerda la resolución, se activó la situación 2 del Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Galicia debido al descontrol de los focos activos en toda la provincia. En Ponteareas, muy cerca de As Neves, un macroincendio obligó incluso a cortar la autovía A-52 al tráfico. “Ardía la provincia entera, en el mayor incendio de la historia de Galicia”, recalca el juez, que justifica que los medios de extinción se centraran en proteger la vida humana y las infraestructuras esenciales.

Asimismo, el fallo recuerda que hasta ese momento no existía indicio alguno de que los fuegos portugueses pudiesen cruzar el cortafuegos natural del río Miño, por lo que no era obligatorio reforzar los medios en esa zona durante el otoño. De hecho, señala que la campaña de prevención estival no se extendía entonces más allá del verano, aunque sí se modificó el modelo en años posteriores tras lo sucedido en 2017.

El juez también rechaza que se pueda hablar de una “pérdida de oportunidad” que genere derecho a indemnización. “No se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos determinativos”, concluye la sentencia.

El fallo, que da la razón a la Consellería do Medio Rural, no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.