Un autónomo de Pontevedra cancela todas sus deudas tras verse obligado a cerrar 2 negocios

A. L. intentó en 2 ocasiones levantar su propio negocio pero ambas experiencias empresariales acabaron mal

Además, los costes asociados al divorcio con su ex-mujer y las consecuencias anímicas de estas vivencias agravaron los problemas

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha conseguido exonerar todas las obligaciones pendientes con la Ley de la Segunda Oportunidad, incluidas con Administraciones Públicas

Este gallego hasta 2007 disponía de una nómina estable y con esos ingresos vivía cómodamente. Como a muchos, el boom inmobiliario supuso un punto de inflexión. Desde entonces, fue de trabajo en trabajo con una inestabilidad propia de la época.

Tras varios años así, decidió aventurarse en su primer negocio. Montó una tienda agrícola que superó los costes que esperaba y, tras un año en marcha, tuvo que cerrarlo con pérdidas. En 2015, se lanzó a por su segunda experiencia empresarial en Barcelona, pero también desistió a los pocos meses.

Llegado este punto y, empezando a verse afectada su salud debido al estrés que puede generar vivir con constantes amenazas de embargo, contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los abogados y economistas de esta entidad especialista en ayudar a personas insolventes estudiaron su caso y aconsejaron al deudor acogerse a la “Ley de la Segunda Oportunidad”.

Mónica Puente, letrada de la Asociación, detalla la importancia del procedimiento en casos como este: ¨Este mecanismo sirve de protección para aquellos cuyos negocios no han salido como esperaban. No es fácil arriesgar tu patrimonio, por ello la Ley de la Segunda Oportunidad supone ese ‘salvavidas’ ante un posible fracaso en el emprendimiento”.

Qué pasos se han seguido y que requisitos se debe cumplir

El primer trámite ha sido comunicar a los Juzgados de Porriño la situación del interesado mediante un “preconcurso de acreedores”. Con esto el deudor lograba un gran alivio económico al suspenderse la obligación de pago, mejorando sustancialmente su salud.

En este paso, se intentó llegar a un acuerdo conjunto con todos los acreedores, presentando una propuesta de pagos acorde a sus ingresos. No obstante, este plan de pagos no fue aceptado por las distintas entidades bancarias ni fue tenido en cuenta por las Administraciones Públicas.

Como bien detalla el Puente, desde el 26 de septiembre el acuerdo extrajudicial de pagos ya no es requisito indispensable: “Este trámite ha sido eximido del procedimiento de Ley de la Segunda Oportunidad. Los acreedores en el 99% de las veces rechazan este intento, por lo que no cumple su objetivo de evitar que el deudor solicite el concurso de acreedores”.

Esto no suponía una mala noticia para el interesado. De hecho, permitió acreditar que era un deudor de buena fe. La solicitud fue realizada por los letrados en el Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Porriño, pidiendo también el perdón con Hacienda y Seguridad Social. Solo quedaba acreditar los requisitos necesarios para el procedimiento.

Estas condiciones son: la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso los últimos 5 años, no haberse exonerado en los últimos 10 y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando a este deudor libre de pagar 13.125,95 euros. Solo queda por pagar la parte privilegiada de la deuda: 42,40 euros durante 60 cuotas. Ya son varios los casos de Ley de la Segunda Oportunidad en Pontevedra llevados por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. El procedimiento sigue creciendo en importancia y popularidad, sobre todo en autónomos. Todas las sentencias de la entidad son de acceso gratuito en la web.