La trabajadora del Sergas acusada de acceder sin permiso al historial médico de su hija repite que hubo consentimiento

La mujer sostiene que su hija es víctima de violencia machista, aportando su abogado un certificado de ésta en el que se constata que dejó de convivir con su pareja para cobrar una paga por este motivo

La trabajadora del Servicio Gallego de Salud acusada de acceder sin permiso al historial clínico de su hija para indagar en él ha alegado en su defensa que todas las veces que lo hizo fue con el consentimiento de ésta.

La sentencia absolutoria que había obtenido en su día esta madre, fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia, que ordenó la repetición de la vista oral, celebrado de nuevo hoy en la sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, y durante la que la acusada ha vuelto a mantener el mismo hilo argumental.

También al igual que entonces, la hija, que pide para su madre cuatro años de cárcel y doce de inhabilitación profesional, frente a los cuatro años y nueve que propone la Fiscalía, ha negado que esos accesos a su historial contaran con su consentimiento.

En este sentido, la chica ha detallado la relación distante que mantiene con su madre, que al parecer intentó internarla hasta en tres ocasiones por un supuesto trastorno alimentario.

Frente a esto, la acusada ha señalado que su hija es víctima de violencia machista, y que su pareja la tiene manipulada. En este sentido, el abogado ha aportado un certificado de la hija en el que constata que dejó de convivir con su pareja para cobrar una paga como víctima de violencia. Por este motivo, el letrado de la madre ha dejado entrever otro tipo de intereses en la denuncia.

El escrito de la Fiscalía detalla que Josefa O. A. accedió 101 veces al historial clínico de su hija entre junio de 2012 y abril de 2014.

«Las conductas descritas las llevó a cabo la acusada guiada en todos y cada uno de los accesos, por el ánimo de invadir la esfera más personal e íntima de su hija así como de tomar conocimiento de hechos o circunstancias relativas a su estado de salud, tratamientos médicos, asistencias facultativas y demás datos relacionados con su salud,  que nunca le habían sido comunicados por su hija con anterioridad y sin que ésta tuviera conocimiento alguno de ello», detalla.

En su día, la Audiencia de Pontevedra la absolvió al entender que no se había acreditado la falta de consentimiento. «Entendemos que este proceder de la Audiencia vulnera flagrantemente las reglas de la distribución de la carga de la prueba y los parámetros de su valoración», se apuntó desde el TSXG cuando se ordenó la repetición del juicio.