La Audiencia condena a tres años y medio de cárcel al extesorero de los comuneros de Cea por apropiarse de casi 400.000 euros

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado al extesorero de la Comunidad de Montes Veciñais en Man Común de San Pedro de Cea (Vilagarcía de Arousa) a tres años y medio de cárcel como autor de un delito continuado de apropiación indebida, en concurso con un delito continuado de falsedad documental en documento mercantil. El tribunal, que tuvo en cuenta la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, también le ha impuesto el pago de una indemnización a la entidad afectada de 384.899 euros.

El tribunal relata en la sentencia que el condenado ejerció, desde 1991 hasta el 16 de enero de 2015, como tesorero de la Comunidad de Montes Veciñais en Man Común de San Pedro de Cea, por lo que se encargaba de gestión del dinero. La Sala considera probado que entre 2005 y 2014, actuando como tesorero y con ánimo de obtener un ilícito beneficio, cobró los cheques y pagarés al portador emitidos por la Comunidad de Montes, pese a que los cheques tenían que ser firmados tanto por el presidente de la Comunidad como por el tesorero. Sin embargo, según la sentencia, el investigado los cubría íntegramente, los cobraba y se quedaba con el dinero, sin destinarlo a los gastos de la Comunidad de Montes, apoderándose, de esta forma, de 384.899 euros.

Los magistrados también consideran probado que el 5 de junio de 2012, con ánimo de obtener ilícito beneficio, transfirió 4.000 euros desde una de las cuentas de la Comunidad que gestionaba en calidad de tesorero a la cuenta de su esposa. Esa cantidad fue devuelta a la Comunidad cuando los hechos fueron descubiertos. Como consecuencia de todo ello, según el fallo, la Comunidad de Montes Veciñais en Man Común de San Pedro de Cea (Vilagarcía de Arousa) se quedó sin fondos en las cuentas bancarias para hacer frente a los pagos debidos, a los que pudo hacer frente posteriormente de forma aplazada. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.