Estima en parte el recurso presentado por la defensa de este hombre al considerar que la Audiencia no había aplicado de forma correcta de la atenuante por «leve anomalía psíquica», sumado a otra por dilaciones indebidas
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rebajado a un año y nueve meses la pena de prisión de 3 años que le había impuesto la Audiencia Provincial de Pontevedra, como uno de los integrantes de un grupo criminal dirigido por un matrimonio que traficaba con droga en Vigo.
La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal gallego, en un nuevo fallo con fecha de 8 de abril estima en parte el recurso presentado por la defensa de este hombre al considerar que la Audiencia no había aplicado de forma correcta de la atenuante por «leve anomalía psíquica», sumado a otra por dilaciones indebidas.
Según consta en la nueva sentencia, esta patología «mezcla los rasgos de personalidad impulsivos y las limitadas capacidades de afrontamiento a la realidad estresante que vivía», aunque «nunca consumió drogas de abuso». Todo ello veía su imputabilidad «disminuida».
De tal modo, el TSXG corrige el fallo y fija en año y medio la condena por el delito contra la salud pública, más otros tres meses por el de pertenencia a grupo criminal. También rebaja hasta los 20.000 euros la multa impuesta.
En cuanto a los otros siete condenados -por delitos de tráfico de drogas que hacen grave daño a la salud y por formar parte de la banda-, el TSXG desestima sus recursos y confirma sus penas que van hasta los cinco años de cárcel.
Contra esta sentencia todavía cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

