El tribunal considera acreditado que la sustancia estaba destinada a la venta y desestima el recurso del acusado
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de dos años de prisión y una multa de 1.746 euros impuesta a un conductor interceptado en Vilanova de Arousa con droga oculta en un compartimento secreto de su vehículo. La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso presentado por el acusado y ha ratificado la sentencia dictada por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que lo halló culpable de un delito contra la salud pública por tráfico de sustancias estupefacientes que causan grave daño a la salud.
Droga oculta y dinero en efectivo
El acusado fue interceptado cuando transportaba anfetamina y heroína en un espacio habilitado en el panel del asiento posterior de su coche. Según el fallo judicial, la sustancia estaba destinada a la venta en el mercado ilícito y su valor habría alcanzado los 873 euros. Durante el registro, los agentes también le incautaron 26 billetes de 50 euros, un billete de 20 euros y dos billetes de 10 euros, así como tres teléfonos móviles y herramientas utilizadas para la manipulación de compartimentos ocultos, como destornilladores y una palanca plástica de desmontaje.
El tribunal ha considerado determinante la cantidad de droga incautada, que superaba ampliamente los límites orientativos para el consumo personal. Asimismo, destacó la falta de justificación sobre el origen del dinero en efectivo encontrado en su poder y la tenencia de varios teléfonos móviles, circunstancias que suelen ser indicios de actividades de tráfico de drogas.
Reincidencia y atenuantes
La condena impuesta tiene en cuenta la circunstancia agravante de reincidencia, dado que el acusado contaba con antecedentes por hechos similares. Sin embargo, se le han aplicado las atenuantes de drogadicción y de dilaciones indebidas, lo que ha influido en la reducción de la pena.
Los magistrados han rechazado los argumentos de la defensa, que alegó que el dinero encontrado estaba destinado a una celebración de cumpleaños. «No se puede pasar por alto que la versión de la defensa llevaría a apreciar que el acusado, del que no se tienen datos de que llevase a cabo actividad que le pudiera reportar fondos, pretendía gastarse en la pretendida fiesta de cumpleaños una suma que se hallaría en el entorno de 2.160 euros«, subraya la sentencia.
Sentencia recurrible ante el Tribunal Supremo
Con estos argumentos, el TSXG ha confirmado la condena y ha reiterado que la tenencia de la droga tenía como destino su distribución a terceros. No obstante, la resolución no es firme, ya que el acusado aún tiene la posibilidad de presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.

