El Tribunal de Contratación Pública avala dos concursos municipales de zonas verdes

El órgano administrativo gallego viene de rechazar dos recursos especiales interpuestos contra otros tantos contratos municipales de mantenimiento y conservación de parques y zonas verdes, por valor de 5,2 y de 33,2 millones, respectivamente

En el primero de los casos, el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de Galicia inadmite el recurso contra los pliegos de contratación de los servicios de mantenimiento y conservación de las infraestructuras públicas existentes en el ámbito de las zonas verdes de la ciudad, un contrato valorado en 5,2 millones que incluye mobiliario, fuentes ornamentales, áreas de juego y biosaludables y zonas recreativas de agua en la zona verde de Samil.

Por causas de “forma y fondo”, en palabras de Abel Caballero, el órgano resuelve a no admisión por falta de legitimidad y/o representación del recurrente y añade el Tribunal que, en todo caso, “procedería igualmente la desestimación” por no fundamentar la crítica al volumen de personal previsto para el servicio ni argumentar que el plus salarial por toxicidad y peligrosidad deba ser de necesaria aplicación en todas las categorías laborales.

La segunda resolución del Tribunal desestima otro recurso contra el anuncio y los pliegos de los servicios de mantenimiento y conservación de las infraestructuras públicas identificadas como zonas verdes, que incluyen todos los elementos vegetales y no vegetales de la ciudad, y valorado en 33,2 millones.

En este caso, el ente administrativo procede de nuevo a favor del Ayuntamiento, multando incluso con mil euros al promotor del recurso por incurrir en temeridad procesal. El recurso impugnaba que el nuevo plazo de ofertas no había sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y alegaba una incongruencia en la memoria del presupuesto de licitación, cuestiones ambas que fueron publicadas y aclaradas antes de la presentación del recurso especial ante el Tribunal, que añade además en esta última cuestión que “no existe argumentación para la pretensión de que el presupuesto se encuentre indebidamente calculado o no se ajuste a los precios de mercado”.