Mientras que sigue sin ingresar en prisión, su defensa considera que el nuevo tipo de malversación del Código Penal permitiría reducir la condena
El exfuncionario del Ayuntamiento de Vigo condenado por haber ‘enchufado’ a una cuñada de la teniente de alcalde de Vigo y presidenta de la Diputación de Pontevedra, Carmela Silva, en una contrata municipal, ha pedido la revisión de la condena de 5 años y 3 meses de prisión con base en la modificación del delitpo de malversación.
Cabe recordar que la sentencia fue dictada por la Audiencia Provincial, y ratificada después por el Tribunal Supremo. Ahora, tras haber solicitado el indulto y sin haber todavía ingresado en prisión, el abogado de Francisco G. O. ha presentado un escrito en que pide que se la aplique la nueva redacción del tipo penal, en virtud de la Ley Orgánica 14/2022 que modificó, entre otros delitos, el de malversación de dinero público.
El ex alto cargo del Concello de Vigo fue condenado por colocar a la familiar de Silva en una contrata municipal, recibiendo esta cuñada 108.000 euros por un trabajo que no realizó nunca. Por este motivo, se le impuso al ex empleado público, que asumió toda la culpa, una condena por prevaricación continuada, malversación de caudales públicos y falsedad documental.
Ahora, y según el nuevo escrito remitido, la aplicación de la nueva redacción del código penal permitiría rebajar la pena, si bien la sentencia no se puede revisar si la ejecución de la pena está suspendida.
No en vano, cabe recordar que la Audiencia Provincial suspendió en su momento la ejecución de la condena mientras se tramitaba la petición de indulto presentada por el exfuncionario, que planteaba entre los argumentos para acogerse a esta medida extraordinaria su militancia socialista. Transcurrido un año, el pasado 11 de abril, el tribunal provincial dictó un auto en el que daba un plazo de 5 días a Francisco Javier G.O. para entrar en prisión, al entender que, después de ese tiempo, su solicitud de indulto debía considerarse desestimada.
La defensa recurrió el auto, alegando que, si bien la petición de la medida de gracia no había obtenido respuesta del Ministerio de Justicia, tampoco ha habido hasta ahora una resolución expresa que se la haya denegado.

