El Constitucional avala la prisión permanente revisable y rechaza los recursos del PSOE en 2015

Imagen del Tribunal Constitucional.

El tribunal declara así que la modificación del Código Penal efectuada ese año para introducir el nuevo tipo es conforme a la Constitución

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la prisión permanente revisable tras rechazar los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el PSOE contra la medida aprobada en 2015 por el Gobierno del Mariano Rajoy.

El Tribunal Constitucional declara así que la modificación del Código Penal efectuada en ese año, que introdujo la prisión permanente revisable, es conforme a la Constitución.

La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal Encarnación Roca, toma en consideración pronunciamientos precedentes del propio Tribunal Constitucional, así como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que consideran la revisabilidad de la pena como factor determinante de su legitimidad.

El Tribunal Constitucional ha planteado algunas objeciones, sin declarar su inconstitucionalidad exigiendo una interpretación conforme a la Constitución, en dos aspectos. De un lado, la revocación de la libertad condicional solo está justificada en los casos en que el libertado incurra en nuevo delito o infrinja las prohibiciones y reglas de conducta establecidas en el auto de libertad condicional. De otro, la revocación de la libertad condicional no ha de ser interpretada como impedimento definitivo para que el penado pueda obtener en un futuro una nueva revisión de la pena.

La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido, y María Luisa Balaguer.