La mujer solicitaba desempeñar su trabajo, en instalaciones deportivas municipales, en horario de mañana, y el Ayuntamiento le dio trámite de audiencia cuando ya había desestimado la solicitud y que no se negoció con ella
Una sentencia del juzgado de lo Social 4 de Vigo obliga al Ayuntamiento de la ciudad a ajustar su horario de de una de sus trabajadoras para facilitarle la conciliación laboral y familiar. El concello deberá también indemnizar a la empleada.
Según la resolución, la trabajadora solicitó en enero de 2023 pasar a desempeñar su trabajo, en instalaciones deportivas municipales, en horario de mañana, para poder cuidar a sus dos hijos menores, y dado que su pareja, guardia civil, trabaja en turnos de mañana, tarde o noche, en función de las necesidades del servicio.
El Ayuntamiento rechazó su solicitud, alegando que por las tardes las instalaciones deportivas tienen mayor afluencia de usuarios y, por tanto, necesitan más personal.
La jueza expone en su sentencia que el Ayuntamiento aportó razones genéricas para denegar la petición, que dio trámite de audiencia a la trabajadora cuando ya había desestimado la solicitud y que no se negoció con ella, pese a que es preceptivo, según la normativa. Así, reconoce el derecho de la demandante a conciliar y prestar servicios de mañana hasta que sus hijos cumplan 12 años, y condena al Ayuntamiento a plegarse a ese reconocimiento y a indemnizar a la trabajadora en 3.750 euros.


