La Audiencia Provincial de Pontevedra rechaza que se tratase de un caso de consumo compartido y considera acreditada la venta de droga, aunque aplica la atenuante de drogadicción
La venta de una sola pastilla de éxtasis por 20 euros en Vigo le ha costado a un hombre una condena de un año y seis meses de prisión. Así lo ha determinado la Audiencia Provincial de Pontevedra, que considera probado que el acusado comercializó la sustancia estupefaciente, conocida como MDMA, a otra persona.
Los hechos fueron presenciados por varios agentes policiales, cuyas declaraciones han resultado determinantes para la resolución judicial. Tras observar la transacción, los funcionarios practicaron un registro en el que intervinieron otras sustancias estupefacientes.
El tribunal descarta el consumo compartido
Durante el procedimiento se planteó que la entrega de la pastilla pudiera responder a un supuesto de consumo compartido. Sin embargo, los magistrados han rechazado esta interpretación al considerar suficientemente acreditado que se produjo una venta de droga a cambio de dinero.
La Audiencia Provincial ha tenido en cuenta la drogadicción del condenado, circunstancia que ha permitido aplicar una atenuante a la hora de fijar la pena.
La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

