La Audiencia Provincial considera “indudable” el carácter sexual del tocamiento y le inhabilita durante siete años para trabajar con menores
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a dos años de prisión a un docente como autor de un delito de agresión sexual a menor de 16 años, tras considerar probado que tocó de forma inapropiada la zona genital de un alumno durante una clase.
Condena penal y medidas adicionales
Además de la pena de cárcel, el tribunal impone al acusado siete años de inhabilitación para cualquier profesión, oficio o actividad —retribuida o no— que implique contacto habitual y directo con menores. A ello se suma un periodo de cinco años de libertad vigilada y la obligación de abonar 700 euros de indemnización al menor por los daños morales causados.
El testimonio del menor, clave en la sentencia
Tras analizar las pruebas practicadas durante el juicio, la Sala concluye que el relato de la víctima, un menor nacido en 2008, resulta “creíble y coherente”, sin que se hayan encontrado elementos que lo desvirtúen. Este testimonio ha sido determinante para sustentar la condena.
Los magistrados subrayan en la resolución que es “indudable” el carácter sexual de la conducta, dado que el contacto se produjo en una zona claramente genital. Asimismo, descartan que los hechos, ocurridos en 2023, pudieran tener un carácter accidental, incluso aunque se produjeran durante un breve intervalo de tiempo.
Sentencia recurrible ante el TSXG
La resolución judicial no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que deberá pronunciarse en caso de que alguna de las partes presente recurso.

