Adjudicadas tres parcelas en la Plisan a la empresa conservera Hijos de Carlos Albo

Vista aérea de la Plisan.

Como resultado de la subasta pública convocada por el IGVS el año pasado, le correspondió a la firma gallega una superficie de 63.000 metros cuadrados de suelo

La Xunta de Galicia, la empresa Hijos de Carlos Albo, la Autoridad Portuaria de Vigo y el Consorcio de la Zona Franca firmaron esta mañana las escrituras por las que se formaliza la adjudicación de tres parcelas en la Plataforma Logístico Empresarial de Salvaterra de Miño-As Neves (Plisan) a la firma conservera.

La empresa conservera Hijos de Carlos Albo resultó adjudicataria de tres parcelas en la Plisan con una superficie total de 62.979,54 metros cuadrados como resultado de la subasta pública convocada por el Instituto Gallego de Vivenda e Solo (IGVS) el año pasado. La adjudicación se realizó en derecho de superficie, una modalidad que permite a las empresas acceder al suelo pagando cada año una pequeña cantidad, lo que les facilita financiar su instalación y el inicio de la actividad en las mejores condiciones posibles.

En concreto, supone el pago de un canon anual del 1,5% del precio de la parcela durante los dos primeros años, del 2,5% del precio en los años tercero y cuarto y del 3,5% del precio a partir del quinto año. El derecho de superficie se concede por un plazo de 30 años y al finalizar este período, las entidades promotoras de la Plisan, mediante acuerdo unánime y previa petición del adjudicatario, podrán conceder hasta un máximo de tres prórrogas sucesivas, con una duración de 10 años cada una, de manera que el derecho de superficie podrá extenderse hasta un máximo de 60 años.

Posteriormente, los adjudicatarios podrán adquirir la propiedad de la parcela si lo desean. Para estos efectos, el precio de venta será durante los cinco primeros años, el precio de finalización por el que se le adjudicó el derecho de superficie; y en los años siguientes, el importe sobre el que se esté calculando el canon en el momento en el que se comunique a las entidades promotoras la voluntad de ejercer el derecho de adquisición de la parcela.

Si la adquisición se realizara durante los 10 primeros años de vigencia del derecho de superficie, se descontará del precio de venta el 40% de las cantidades satisfechas hasta ese momento en concepto de canon.