El jurado entiende que el acusado actuó de forma alevosa, sabiendo que la víctima no tendría capacidad de defenderse, aunque también con dolo eventual, lo que implica que aunque no tuviese verdaderamente la intención de matar a su proveedor, sí sabía que podría provocarle la muerte
El jurado popular encargado de dirimir el caso del crimen de Chapela emitía ayer su dictamen considerando a Manuel Matanzas culpable de haber asesinado a su proveedor de cocaína, Roberto C.P., en la casa de éste, situada en Chapela, el 27 de enero de 2021.
El jurado entiende que el acusado actuó de forma alevosa, sabiendo que la víctima no tendría capacidad de defenderse, aunque también con dolo eventual, lo que implica que aunque no tuviese verdaderamente la intención de matar a su proveedor, sí sabía que podría provocarle la muerte actuando como lo hizo. Además, ha considerado las atenuantes de cooperación con la justicia y trastorno psíquico, tal y como solicitaba la defensa, aunque leve.
El jurado popular se ha quedado a medio camino entre el asesinato alevoso que pedía la Fiscalía, que solicitaba 18 años de prisión, y el homicidio imprudente que solicitaba la defensa, que había pedido su libre absolución o que, de ser declarado culpable, subsidiariamente, lo fuese de homicidio imprudente.
De este modo, la pena tiene que disminuirse: Fiscalía y defensa se han colocado en los márgenes que permite la ley. La primera pide 14 años y once meses, y la segunda siete años, seis meses y un día.
La jueza de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, tendrá que fijar la condena.

