Medio Ambiente emite informe favorable a la modificación puntual para la reordenación del Barrio do Cura en Vigo

Vista aérea del Barrio do Cura.

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo remitió hoy al Ayuntamiento el documento en el que se le indica la necesidad de emendar una serie de cuestiones arqueológicas

La emisión de este informe es una nueva muestra de la leal y absoluta colaboración de la Xunta con el Ayuntamiento de Vigo, al trasladar sus consideraciones en 20 días a pesar de disponer de un plazo de tres meses

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, dependiente de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, emitió hoy el informe favorable a la modificación puntual del Plan general de ordenación urbana del Ayuntamiento de Vigo, para la reordenación del Barrio do Cura. Se trata del previo a la aprobación definitiva, condicionada a la enmienda de las cuestiones arqueológicas que se señalan desde la Dirección General de Patrimonio Cultural.

La modificación puntual hace referencia a un área que coincide en el Plan especial de protección y reforma interior (Pepri) Casco Viejo con un ámbito de reparto en suelo urbano no consolidado AR-1; a los terrenos y edificaciones que conformaban el área del Convenio del Asilo AC-Asilo y zonas de edificación consolidada correspondiente a los frentes de las calles Santa Marta, Llorente y Pi y Margall; una zona inferior de la calle Santa Marta con una edificación en construcción; la edificación colindante con frente a la calle Conde de Torrecedeira; y la guardería municipal existente.

No obstante, en el PGOM de 2008 –anulado por sentencia judicial-, este plan está recogido como un área de suelo urbano no consolidado con la denominación A-4-01 Barrio do Cura, sin ordenación detallada.

Así, la modificación que ahora se informa tiene por objetivo recuperar la ordenación urbanística del Barrio do Cura, delimitando los ámbitos de suelo urbano consolidado y no consolidado, completar la trama urbana con una integración armónica, resolver la articulación y conexión del Casco Viejo con la calle Torrecedeira y la movilidad transversal entre el eje Paseo Alfonso XII-Pi y Margall y las zonas bajas, previendo una conexión peatonal con la zona da Ribeira.

Con esta modificación también se prevé definir un nuevo espacio urbano ordenado alrededor del espacio público y dotar la esta zona de la ciudad de zonas verdes, espacios de ocio y equipaciones, como por ejemplo la zona de aparcamiento.

A pesar de que esta modificación está justificada por el interés de dar a un entorno, actualmente muy degrado; por una ordenación que posibilite la recuperación de la ordenación urbanística; por la obtención de dotaciones públicas; y por la implantación de los usos previstos, los informes sectoriales trasladan una serie de consideraciones que se deben tener en cuenta, sobre todo las señaladas desde Patrimonio Cultural

Documentación arqueológica

En este sentido, la Xunta indica que la documentación aportada por el Ayuntamiento no incluye la realización de ninguna actuación arqueológica previa a la aprobación definitiva de la modificación, ni tan siquiera una previsión, por lo que se podría dar el caso de tener que restringir los usos del subsuelo o incluso la edificabilidad por causas arqueológicas.

También se observa que las normas reguladoras de la protección arqueológica indican que cualquier tipo de obra que se proyecte realizar, y suponga remoción del subsuelo, precisará preceptivamente de la realización de una intervención.

Otras enmiendas que se sugieren están relacionadas con la información documental, como la ausencia de dos fichas relativas a dos yacimientos, cuyas exclusiones no están justificadas y que incluso deben ser actualizadas con nuevos datos que no existían cuando se redactaron para el plan general de 2018.

Para la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, la emisión de este informe es una nueva muestra de la leal y absoluta colaboración de la Xunta con el Ayuntamiento de Vigo, además de una demostración de agilidad, al trasladar sus consideraciones en 20 días, cuando el plazo legal era de tres meses.